FALTA DE PROPORCIONAR SALARIO A TIEMPO

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FALTA DE PROPORCIONAR SALARIO A TIEMPO

⚡️ PREGUNTA;
En la organización donde trabajo, hace 2 meses que no se paga el salario mensual. Si nos dirigimos al empleador, sigue diciendo: "Te doy esto, te doy esto". ¿Es correcto caminar sin pagar el salario?

⚡️RESPUESTA;
El artículo 161 del Código del Trabajo establece que las condiciones de pago de los salarios serán determinadas por la convención colectiva u otro documento normativo local y no podrán ser inferiores a una vez cada seis meses. El artículo 154 de este Código establece que el empleador, independientemente de su situación económica, debe pagar al trabajador por el trabajo realizado en los términos previstos en el artículo 161 anterior.

✅ La norma es clara. No hay nada difícil de entender. Por lo tanto, el empleador (tenga dinero o no) está obligado a pagar el salario a tiempo dos veces al mes.

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