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¿Es posible que un empleador resuelva un contrato de trabajo con mujeres embarazadas o mujeres con hijos menores de 3 años?
- Según el artículo 37 del Código de Trabajo, no es posible rescindir un contrato de trabajo con una mujer embarazada o una mujer con hijos menores de 3 años por iniciativa del empleador.
- Salvo la liquidación total de la empresa. Si la empresa se liquida por completo, la empleada con una mujer embarazada o niños menores de 3 años debe ser reempleada y luego rescindir el contrato de trabajo.